Artigo · Direito · 2023 · Espanhol
La inaceptable dispersión terminológica del derecho al juez legal
Sonia Cano Fernández
Resumo
El artículo 24 de la Constitución Española reconoce en su apartado segundo el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. Sin duda, es compleja la expresión utilizada para designar el aludido derecho. Pero el problema principal es que esa alambicada expresión no ha servido para eliminar otras rúbricas tradicionales que incluso han dado lugar a la idea, muy difundida, de que con cada expresión se estaba significando algo diferente. De ese modo, «juez legal», «juez natural», «juez constitucional», «juez ordinario» o «juez ordinario predeterminado por la ley» han sido frecuentes expresiones que cabe localizar tanto en la historia como en el Derecho comparado. Lo realmente curioso es que, prescindiendo de detalles que al final son superfluos, todas esas rúbricas son habitualmente equivalentes en el fondo, pese a que con matices que rompen la unidad científica del concepto. La realidad es que existe un contenido esencial del derecho consistente en la necesidad de prever por ley el órgano jurisdiccional que debe juzgar un asunto concreto a fin de garantizar su independencia, especialmente del poder ejecutivo, conjurando así un problema que sistemáticamente se había producido en el pasado. Esta diversidad terminológica y conceptual, así como la dispersión doctrinal al respecto, obligan a encontrar una expresión única para designar el derecho, que sea sencilla y que no desoriente respecto a su contenido esencial. Se trata, en suma, de materializar correctamente desde la pers
- Tipo
- Artigo
- Área
- Direito
- Ano
- 2023
- Idioma
- Espanhol
- Licença
- CC BY-NC-ND
- DOI
- 10.5944/rdp.116.2023.37153
Como citar (ABNT)
CANO FERNÁNDEZ, Sonia. La inaceptable dispersión terminológica del derecho al juez legal. Revista de Derecho Político, n. 116, p. 77-103, 2023. DOI: 10.5944/rdp.116.2023.37153.
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